EL PRIMER MATRIMONIO CIVIL POPULAR EN NICARAGUA
El primer matrimonio civil popular en Managua fue contraído entre Jesús María Saballos (Chacate, por bajo), residente del barrio San Antonio, y María de Jesús Campos.
Antes de 1894, en Nicaragua solamente habían matrimonios religiosos católicos, pero a partir de ese año la revolución liberal creó el matrimonio civil.
Mientras firmaban el acta matrimonial, una pieza de artillería ubicada en la plaza central anunciaba el matrimonio como el primero civil realizado en Managua.
Código civil LEY PROMULGADA EL PRIMERO DE FEBRERO DE 1904. PUBLICADA en el diario oficial 2148 del 5 del mismo mes y año. Tomado de la gaceta No.239 del 17 de diciembre del 2009.-
Arto. 94.- El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen por toda la vida, y tiene por objeto la procreación y el mutuo auxilio
Arto. 95.- La ley no considera el matrimonio sino como contrato. En general, el matrimonio debe celebrarse ante funcionarios del orden civil que señala la ley. Sin embargo, los que profesan la religión de la mayoría de los nicaragüenses, que es la Católica, Apostólica y Romana podrán celebrar sus matrimonio ante el párroco o autoridad eclesiástica competente, con arreglo a los cánones de la Iglesia Católica. Para que los matrimonios celebrados ante la autoridad eclesiástica en conformidad con el inciso anterior produzcan efectos civiles, será indispensable que las partidas que expida el párroco sean inscritas en el Registro del Estado Civil de las Personas.