DECLARACION DE LA UNION POR EL NOTARIO A LOS CONTRAYENTES:
“Habiendo escuchado las repuestas afirmativas de los testigos, así como la de los contrayentes. Por las facultades que me concede la Corte Suprema de Justicia y el Código de Familia. Por cuanto han declarado sinceramente su deseo de ser unidos en matrimonio, no habiendo oposición, ahora yo como Notario Público, en nombre de la Republica de Nicaragua los declaro: esposo y esposa, unidos en matrimonio civil, marido y mujer los declaro hasta que la muerte los separe. Por tanto están obligados a guardarse respeto, solidaridad, fidelidad, y asistirse mutuamente en todas las circunstancias de la vida. Para sellar esta unión los esposos pueden darse un beso, un abrazo y nosotros démosle fuerte aplauso.
Muchos pensarán, que como notario estoy limitado a declararlos únicamente unidos en matrimonio, que le corresponde al pastor o sacerdote la declaración de “por toda la vida, hasta que la muerte los separe”, pero en mi humilde opinión si te casas civil, no hay un contrato que diga que es temporal, ya en otros países existen, aquí no, el matrimonio civil es para toda la vida, para fundar una vida en común.